Exterior y Cambios / BCRA - COM A 7348

Ampliación de posibilidades para acceder al mercado de cambios para cancelar deudas de importaciones de bienes y servicios.

Aquellas empresas que liquiden a partir del 27/08/2021 nuevos endeudamientos financieros del exterior, podrán hasta el mismo monto y por un máximo. de USD 5MM cancelar deudas comerciales vigentes al 30/06/21 por importación de bienes sin conformidad previa del BCRA.

El nuevo endeudamiento financiero con el exterior deberá tener una vida promedio no inferior a los 2 (dos) años y no registrar vencimientos de capital como mínimo hasta tres meses después de su liquidación en el mercado de cambios.

A continuación, compartimos el link de la nueva normativa 

http://www.bcra.gob.ar/Pdfs/comytexord/A7348.pdf

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